Ayer, tuve mi primera experiencia judicial en la vida; asistí por primera vez como demandante de robo con agresión en mi puesto de trabajo el pasado día 04-02, cuando por primera vez en treinta años de profesión, un encapuchado penetro en la oficina bancaria donde trabajo, exhibiendo un cuchillo de diez centímetros, se aproximo a mi puesto, me golpeó dos puñetazos en la espalda y a la vez que punzaba con el cuchillo en mi muslo derecho, me exigía “la pasta” al grito de “hipo puta dame el dinero”…..tal como lo cuento sucedió, y tuve ocasión de verle parte del rostro durante algún segundo.- Pues bien consumado éste robo y tras pesquisas policiales, fue identificado el atracador, contra el que cumpliendo mi deber, incoé la oportuna denuncia.- Y aquí, llegamos, concretamente al Juzgado de lo Penal número cinco de Zaragoza, donde asistido por un representante legal de mi empresa me ratifico en la denuncia y declaración ante el secretario judicial, y en presencia de la abogada de oficio de la parte demandada, sin la presencia de éste que no compareció, al parecer porque el juez no dicta orden de localización y detención basado en el argumento jurídico de que .: No existía “Intimidación suficiente”.- El juez , joven de unos 35 años, con el que me crucé en el pasillo de los juzgados, colgando de sus oídos un MP3 , y mascando un chiclé,ni dirigió la mirada a los declarantes ni a sus asistentes legales.- Y verdaderamente sentí que tanto el secretario judicial, la abogada de oficio del rumano demandado, e incluso mi asistente legal, en algún momento estaban más pendientes de dar credibilidad y respaldo a mis palabras, que de cualquier intervención judicial, que estaban seguros no se iba a producir; como así fue.- Si no existió “intimidación suficiente” quizás sea porque no exhibió una pistola, escopeta, etc. y desde luego fue tan hábil que olvidó clavarme el cuchillo oxidado de diez centímetros en el muslo o costado.- Pudiera entender que el juez no diera por cierta al 100% la identificación del agresor, pero lo de la “intimidación suficiente”….es una interpretación de la ley... ¿no creen?.....Me preocupa que mi empresa pudiera creer que a un simple grito, yo hubiera facilitado al atracador que cojiese la pasta……menos mal que todo está grabado.- Salud y a seguir confiando en “la justicia”….porque si no ¿qué?.....
El mundo por Montera Capitulo primero Amanece en Puebla del Duque, un municipio de Aragón, el treinta de noviembre del año 1933; mañana plomiza, de frescor y humedad mezclados, convirtiendo el cierzo suave, en un aviso atenuado del frio invernal y lluvioso que en éstas tierras se prodiga, alternando alguno seco cargado de hielos (chupones o carapitéeles) que fiel a su cita anual suelen comenzar su presencia, para la Inmaculada. - Lentamente, comienza la actividad, los carros cruzan la plaza y la calle mayor en dirección a los campos de extrarradios, Camino del Duque, el Bolar, la huerta los pochos, los tres caminos, la foladaza; la remolacha está esperando en los campos de pequeños minifundistas, las manos secas y regadas de cribazas, de los hombres y sus mujeres, mientras arrean las mulas que tiran de carros con ruedas de madera y llanta de hier
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